Factura electrónica B2B: plazos y qué debe preparar una empresa
Obligación B2B, a quién afecta, calendario según la AEAT y la Orden HAC/1028/2026, diferencia con VeriFactu y preparación técnica.
Por Opium Software · Fecha editorial · Actualizado
Prepara la factura electrónica B2B con dos calendarios separados. Uno recoge la aplicación que corresponda según la normativa. El otro fija cuándo probarás el envío, la recepción, los rechazos y los estados con clientes y proveedores.
Ideas clave
- El calendario depende del ámbito y los plazos de la normativa aplicable.
- La factura electrónica B2B incluye intercambio de información y estados.
- La preparación debe revisar emisión, recepción e integración con gestión.
La factura electrónica B2B es la obligación de expedir, remitir y recibir facturas en formato estructurado entre empresarios y profesionales. No es un PDF por correo. El 5 de octubre de 2026 el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica de la AEAT. Esa orden entra en vigor el 6 de octubre de 2026 y arranca el cómputo de plazos de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y del Real Decreto 238/2026. Nadie está obligado a emitir ya el 6 de octubre de 2026: empieza la cuenta atrás.
A quién afecta
A empresarios y profesionales en operaciones entre sí (B2B). El volumen de operaciones se calcula conforme al IVA (artículo 121 de la Ley 37/1992): más de 8 millones de euros en el año natural anterior, o no. La venta al consumidor (B2C) queda fuera de este sistema. Quien solo factura a particulares no entra por esta vía.
Calendario (AEAT, a partir del 6 oct 2026)
| Cuándo | Quién | Obligación |
|---|---|---|
| 6 oct 2027 (12 meses) | Volumen > 8 M€ | Expedir, remitir y recibir e-factura; informar estados y pagos |
| 6 oct 2028 (24 meses) | Resto de empresarios y profesionales | Expedir, remitir y recibir e-factura. Personas jurídicas ≤8 M€: también estados y pagos |
| 6 oct 2029 (36 meses) | Personas físicas y entidades en atribución de rentas | Informar estados de factura y pagos |
Esas fechas las publica la AEAT a partir de la entrada en vigor de la orden. El cómputo legal está en “12 / 24 / 36 meses desde el 6 de octubre de 2026”. Si hay duda, manda el BOE y la sede.
Diferencia con VeriFactu
VeriFactu (RD 1007/2023) es cómo el programa de facturación genera un registro fiable. La e-factura B2B es cómo esa factura viaja al cliente o proveedor empresario (solución pública de la AEAT y/o plataformas privadas, interoperables). Cumplir una no libra de la otra. El aplazamiento previsto de VeriFactu a octubre de 2028 no para este reloj.
Sistemas, interoperabilidad y qué preparar
- El ERP o el programa de facturación debe emitir y recibir formato estructurado (la solución pública usa UBL conforme a EN 16931).
- Interoperabilidad: la orden convive con plataformas privadas; hay que poder intercambiar, no solo “tener un PDF interno”.
- Estados y pagos: no basta con mandar el archivo; hay obligaciones de informar aceptación, rechazo y pago según el calendario.
- Maestros: NIF, serie, numeración, destinatario. Sin eso, el intercambio falla.
- El RD 238/2026 prevé que, el primer año de obligado para quienes superan 8 M€, se acompañe un PDF de legibilidad para el destinatario que aún no esté obligado —salvo que acepte el formato original. No sustituye la e-factura.
Cómo preparar el proyecto con administración y sistemas
Documenta qué aplicaciones emiten facturas y cómo llegan las de proveedores. Identifica quién comprueba incidencias, dónde se registra el resultado y cómo se relacionan los documentos con contabilidad y tesorería. Esa visión permite revisar la adaptación sin limitarla al envío de un archivo.
Una relación de pruebas para la adaptación
- Factura emitida con referencias y datos completos.
- Documento recibido y relacionado con el proveedor.
- Respuesta o rechazo que necesite una corrección.
- Actualización de los estados que deba gestionar la empresa.
- Consulta y recuperación de una operación ante una incidencia.
Cada prueba debe conservar una referencia que permita seguir el documento entre aplicaciones. La revisión funcional contrasta el resultado con el trabajo del equipo, mientras el alcance normativo y técnico se verifica con las fuentes oficiales y los proveedores que intervienen.
Cómo preparar una prueba de recepción y envío
Elige un cliente y un proveedor con los que puedas simular el intercambio. Verifica identificadores, formato estructurado, estados y qué pasa al rechazar una factura por un error. En tu calendario interno, separa la fecha en que el proveedor entrega su versión, la fecha en que se supera la prueba y la fecha de aplicación que corresponda a tu empresa. La Orden HAC/1028/2026 regula la solución pública. El Real Decreto 238/2026 establece las fases y condiciones de aplicación.
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